"La Ley es perfecta, el problema es que en los juzgados no dan abasto". La proclama sale de los labios de Daniel Losertares, abogado experto en arrendamientos urbanos, pero la suscriben la práctica totalidad de sus colegas, especialmente en las grandes ciudades.
Desalojar a un inquilino moroso en un plazo razonable aún no es posible cuando se cumple un año desde la entrada en vigor de la Ley 19/2009, del 23 de noviembre, más conocida como Ley del 'desahucio exprés'. Muchos abogados y sus representados se encuentran que aún se tarda al menos siete meses en recuperar su casa.
El cuello de botella no está en la mesa de los juzgados, pues "nos están dando fechas para la vista oral en plazos de dos meses, que no está mal", asegura Vera Grande Alonso, abogada de Madrid, sino a la hora de fijar la fecha de los desalojos (lanzamientos). Esta tarea corresponde al calendario del Servicio Común de Notificaciones y Embargos, que tiene tres oficinas en Madrid y que ha multiplicado sus actuaciones con la llegada de la crisis. "Los funcionarios están tan saturados que están fijando fechas de lanzamientos para tres meses después de la vista oral en lugar de los 30 días que fija la ley", añade la letrada, que el año pasado intervino en 30 procesos de desahucio.
El cuello de botella no está en la mesa de los juzgados, pues "nos están dando fechas para la vista oral en plazos de dos meses, que no está mal", asegura Vera Grande Alonso, abogada de Madrid, sino a la hora de fijar la fecha de los desalojos (lanzamientos). Esta tarea corresponde al calendario del Servicio Común de Notificaciones y Embargos, que tiene tres oficinas en Madrid y que ha multiplicado sus actuaciones con la llegada de la crisis. "Los funcionarios están tan saturados que están fijando fechas de lanzamientos para tres meses después de la vista oral en lugar de los 30 días que fija la ley", añade la letrada, que el año pasado intervino en 30 procesos de desahucio.
Un 30% más de denuncias
Animados por la supuesta agilidad de la nueva ley, y obligados por la crisis, las denuncias por impagos de rentas han aumentado en torno a un 30%, según los letrados consultados. El año pasado, la firma de tele-asesoramiento legal Legálitas puso en marcha en torno al millar de demandas por desahucio, de las que ha resuelto la mitad. El resto siguen a camino entre el juzgado y las citadas Oficinas de Notificaciones y Embargos. "Estamos tardando una media de seis o siete meses", explica Rosa Bernal, responsable del área jurídico-inmobiliaria de la firma, "y en todos los casos los arrendadores creen que van a recuperar su casa en un mes, cuando la realidad es muy diferente".
Cuando un casero se topa con un inquilino moroso, su principal deseo es perderlo de vista y recuperar su vivienda para alquilarla de nuevo –con aval bancario de por medio o similar- o, tras el escarmiento, echar las persianas y a otra cosa. Recuperar el dinero que le deben es otro cantar, un proceso de años, costoso, y, muchas veces, una causa perdida.
Por eso, el casero siempre sale perjudicado cuando el inquilino no entrega las llaves en la primera notificación porque, por la vía legal, "si es insolvente, sabe que hasta dentro de tres meses no le van a echar de la vivienda y no estará cometiendo un delito", aclara la abogada Vera Grande. Simplemente se beneficiará del atasco judicial.
Un año del desahucio 'exprés'
Para aliviar este mal trago a los propietarios y así fomentar el mercado del alquiler por el lado de la oferta, el 24 de diciembre de 2009 entró en vigor una ley que 1) establecía un plazo de un sólo mes de espera desde que el inquilino deja de pagar la renta y se le puede exigir ese pago -vía burofax, por ejemplo- hasta que se interpone la demanda; además, 2) permitía a los caseros notificar la demanda únicamente en el juzgado, en lugar de personalmente al inquilino, algo que eternizaba los desalojos, y, finalmente, 3) en el mismo en el momento en que el fijaba el día del juicio también se indicaba el día del lanzamiento -desalojo- de la casa.
Esa vía legal para desalojar al inquilino que no paga cuesta algo más de 1.000 euros, entre las minutas del abogado y un procurador.
Lo primero que tiene que hacer el arrendador cuando no le pagan la renta es enviar un burofax a su arrendatario invitándole a satisfacer los pagos pendientes. Pasado un mes –con la ley anterior eran dos meses- desde la notificación, si el inquilino no ha pagado ya no podrá dar marcha atrás al proceso .
Al cabo del mes se interpone la demanda de desahucio y el juez fija una fecha para una vista oral en la que dispone, además, la fecha del desahucio (lanzamiento), al que se debe proceder en el plazo de un mes.
El día del desahucio
"En ocasiones los vecinos se asustan", explica la abogada Grande. No es para menos, en un desahucio pueden llegar a concurrir hasta una decena de personas, pues tiene lugar en presencia de, al menos, una pareja de polícías, dos funcionarios judiciales, el abogado defensor, el procurador, el casero y un cerrajero. "Aunque no es habitual, añade, en ocasiones nos encontramos que en la casa hay personas mayores, niños o animales". Otras veces simplemente hay basura o muebles.
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